¿ES POSIBLE LLEVAR A CABO ARREGLO DIRECTO ANTE LA SIC?

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 31 mayo, 2021
Actualizado 2021/05/31 at 2:12 PM

Como consumidores nos vemos enfrentados a la posibilidad de tener inconformidades con la adquisición de productos, bien sea porque presentan fallas que no deben darse o no satisfacen las necesidades expuestas por el proveedor, en este caso siempre se recomienda agotar la queja ante dicho proveedor, pero si la misma no se atiende es posible acudir ante la Superintendencia de Industria y Comercio SIC.

Con base en lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio SIC actuando como autoridad de protección al consumidor, permite que estas diferencias entre consumidor y proveedor se solucionen por medio del arreglo directo, entendido este como una alternativa para solucionar controversias sin agotar una demanda.

Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa

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