ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS

Juan Gomez Galeano
Juan Gomez Galeano 10 junio, 2021
Actualizado 2021/06/10 at 1:42 PM

El Registro nacional de bases de datos es la plataforma mediante la cual se encuentran incluidas las bases de datos sujetas a tratamiento que operan en el país, este registro se encuentra supervisado por la Superintendencia de Industria y Comercio y cualquier persona puede acceder a este directorio pues es de carácter público.

El decreto 090 del 2018 se encarga de regular este tema y aquí mismo encontramos su ámbito de aplicación el cual nos menciona que:

«ARTÍCULO 2.2.2.26.1.2. Ámbito de aplicación. Serán objeto de inscripción en el Registro Nacional de Bases de Datos, las bases de datos que contengan datos personales cuyo Tratamiento automatizado o manual sea realizado por los responsables del tratamiento que reúnan las siguientes características:

a) Sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).

b) Personas jurídicas de naturaleza pública».

Teniendo en cuenta lo anterior encontramos que dicho decreto lo que buscó fue reducir el universo de personas jurídicas obligadas a inscribirse en el Registro Nacional de Bases de Datos de la superintendencia de industria y comercio. Así, quienes continúan con el deber de registrar sus bases de datos son las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100 mil Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir, $ 3 mil 316 millones. También deben hacerlo todas las entidades públicas. Así mismo NO estarán obligadas a realizar dicho procedimiento las sociedades y entidades sin ánimo de lucro catalogadas como micro y pequeñas empresas, ni las personas naturales.

Dra. Jennifer Burgos Jiménez

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