PRUEBA DE DROGAS AL INTERIOR DE LA EMPRESA

Juan Gomez Galeano
Juan Gomez Galeano 22 junio, 2021
Actualizado 2021/06/22 at 6:28 PM

Principalmente hay que tener en cuenta que el artículo 62 del código sustantivo del trabajo es clara la prohibición del trabajador de presentarse a la realización de sus labores bajo los efectos del alcohol o cualquier condición análoga sin embargo en muchas oportunidades resulta muy difícil por parte del empleador determinar si su colaborador se encuentra bajo estos efectos por lo cual se ha optado por la realización de pruebas que sirvan de ayuda ante estas situaciones.

Mediante la resolución No. 2020-007736 del 24 de abril de 2020 la sala constitucional se pronunció respecto a un recurso de amparo presentado por un trabajador contra de su empleador estableciendo que la prueba de drogas estaba vulnerando sus derechos fundamentales, sin embargo, la sala declaro que no se violentaron sus derechos y respecto a estas pruebas determinó la importancia de que los empleadores tome ciertos cuidados para realizarlas mismas como lo son:

  1. Aviso previo
  2. Voluntariedad, es decir que el trabajador no puede ser obligado a efectuarse un examen.
  3. Resguardo de intimidad y dignidad
  4. No discriminación
  5. Confidencialidad

Dra. Jennifer Burgos Jiménez

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