La ley 55 de 1993, el cualse aplica a todas las ramas de actividad económica en las que se utilizan productos químicos, determina que, la expresión «productos químicos» designa los elementos y compuestos químicos, y sus mezclas, ya sean naturales o sintéticos, la expresión «productos químicos peligrosos» comprende todo producto químico que haya sido clasificado como peligroso de conformidad con el artículo 6 de la mencionada ley o respecto del cual existan informaciones pertinentes que indiquen que entraña un riesgo; y la expresión «utilización de productos químicos en el trabajo» implica toda actividad laboral que podría exponer a un trabajador a un producto químico, y comprende, esto comprende la producción, la manipulación, el almacenamiento de productos químicos, el transporte de productos químicos, la eliminación y el tratamiento de los desechos, la emisión de productos químicos resultante del trabajo, el mantenimiento, la reparación y la limpieza de equipo y recipientes utilizados para los productos químicos.
Así mismo, la resolución 1209 del 2018, el cual establece los términos de referencia únicos para la elaboración de los planes de contingencia, los cuales solo son obligatorios para el transporte de hidrocarburos, derivados o sustancias nocivas de que trata el artículo 2.2.3.3.4.14 del Decreto 1076 de 2015, las cuales son sustancias nocivas, que se consideran como sustancias peligrosas que pueden suponer un riesgo para la salud temporalmente o una reacción alérgica por ingestión inhalación y/o contacto. En altas dosis sus consecuencias pueden ser graves o muy graves para la salud.