ESTAS SON LAS DECISIONES QUE PUEDE ADOPTAR UNA SOCIEDAD COMERCIAL CUANDO SU NÚMERO MÍNIMO DE SOCIOS SE RETIRA.

Paula Tiusaba Robayo
Paula Tiusaba Robayo 14 julio, 2021
Actualizado 2021/07/14 at 1:55 PM

De acuerdo a la normatividad en materia comercial, una vez se reduzca el número mínimo de sociedad en una sociedad comercial y tan solo quede un único socio,  como regla general debe dar cumplimiento para las formalidades exigidas para reformar el contrato social, no obstante mediante concepto emitido por la Superintendencia de Sociedades, se podrá evitar la disolución adoptando las modificaciones que sean del caso teniendo en cuenta la causal ocurrida siempre que esto se formalice dentro de los 6 meses siguientes a la ocurrencia del hecho.

Ahora bien, en caso de no optarse por la reforma al contrato social, el único socio o socios que quedaron cuando con este mínimo no se puede continuar con la sociedad, deberá reconocer la causal y proceder con las formalidades exigidas para realizar la reforma.

Así las cosas, en caso de reconocer la causal de disolución como adopción de medidas se conceden al único socio, por lo anterior en el caso de reconocer la causal debe declarar disuelta la compañía y en caso dejar por sentado tal particularidad y realizar la cesión de cuotas respectiva, por ello esto deberá elevarse a escritura pública.

Dra. Paula Tiusaba Robayo

Actualidad Jurídica Empresarial

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