EL NUEVO CODIGO DE COLORES PARA LA SEPARACION DE DESECHOS Y LA PROPIEDAD HORIZONTAL.

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 22 julio, 2021
Actualizado 2021/07/22 at 7:27 PM

De acuerdo a la Resolución 2184 de 2019 el primero de enero del año 2021 se hará un cambio en el cogido de los colores que son utilizados para identificar los residuos aprovechables, orgánicos y no aprovechables. Los nuevos colores son: blanco para los elementos aprovechables; los cuales deben ser lavados y secados, negro para los residuos no aprovechables y verde para los residuos orgánicos.

Así como se dispuso un nuevo método de separación de los desechos también se permitió estipular los encargados del manejo de los mismos, esto quiere decir que los desechos aprovechables que van a ser recogidos por cualquier persona que se encargue de hacer proceso de reciclaje puede ser una persona natural o jurídica si se quiere. En cuanto a los desechos orgánicos y no aprovechables serán recogidos por el camión regular en los días y horarios estipulados, pero para su recolección se debe dar cumplimento al código de colores.

Por lo anterior las propiedades horizontales podrán suscribir contratos con diferentes personas para la recolección de residuos aprovechables e internamente deberán realizar el procedimiento para su reutilización al máximo, de esta manera el comité de convivencia o el consejo de administración podrán buscar alternativas para incentivar esta actividad en los copropietarios.

Este cambio de colores debe ser aplicado por las propiedades horizontales atendiendo al numeral 1 del articulo 18 de la ley 675 de 2001 donde se hace referencia a la destinación de los bienes para que cumplan con su naturaleza y destinación. Además, en el artículo 65 se expresa la obligatoriedad que tienen las propiedades horizontales de cumplir con las normas higiénicas, de aseo y ventilación. 

El objetivo de la unificación de colores es aumentar la recolección y aprovechamiento de estos elementos sin generar confusión en la población. Es importante recordar que el incumplimiento de esta codificación y división de desechos podría acarrear multas generales tipo 3 que son cuantificadas en dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes. Dra. Maira Alejandra Arévalo Cárdenas 

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