LA CONMORIENCIA

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 4 agosto, 2021
Actualizado 2021/08/04 at 7:17 PM

Hablamos de conmoriencia, cuando nos referimos a aquella presunción legal, considerada cuando en un mismo accidente fallece más de un miembro de una familia y no se encuentran pruebas que soporten o logren identificar cual de dichas personas falleció primero, de tal manera que se considera que las mismas fallecieron de manera simultánea.

Esto de conformidad a lo previsto en el Código Civil Colombiano, quien en su artículo 95, reza lo siguiente;

Artículo 95. Conmoriencia

Si por haber perecido dos o más personas en un mismo acontecimiento, como en un naufragio, incendio, ruina o batalla, o por otra causa cualquiera que no pudiere saberse el orden en que han ocurrido sus fallecimientos, se procederá en todos casos como si dichas personas hubiesen perecido en un mismo momento y ninguna de ellas hubiese sobrevivido a las otras.

Y en realidad esta figura recobra gran importancia en materia de sucesiones, pues cuando dentro de una misma familia fallece más de uno de sus miembros y se desconoce quien de ellos falleció primero, se presumirá que la muerte de estos se dio de manera simultánea y que para tales efectos se entenderá que ninguno de ellos sucederá en los bienes de los otros, esto en concordancia con lo dispuesto en el artículo 1015 del previamente citado.

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