En Colombia el derecho de asociación es un derecho de carácter constitucional, contemplado en los artículos 38 y 39 de la Constitución, las asociaciones sindicales, han sido sujetos de especial protección, es por ello que se les ha garantizado a ciertos integrantes de los sindicatos una garantía, la garantía del fuero sindical.
El fuero sindical, es un derecho que gozan algunos trabajadores pertenecientes al sindicato a no ser despedidos, ni desmejoradas sus condiciones labores, ni traslados a otros lugares o establecimientos de la compañía, sin que medie justa causa; y esta justa causa deberá ser calificada previamente por el Juez del trabajo.
Existen diversos tipos de fuero sindical, entre ellos el fuero de fundadores, el fuero para los cargos directivos del sindicato y el fuero dos de los miembros de la comisión estatutaria de reclamos. Cada uno de ellos, soportado jurídica y jurisprudencialmente con el fin de proteger la constitución y el libre desarrollo de las actividades propias de un sindicato.
Dr. Germán Gutiérrez Quintero