Mediante la ley 2155 del pasado 14 de septiembre del 2021 se creó el impuesto de normalización tributaria para el año 2022, el cual será un impuesto complementario al impuesto sobre la renta, el cual estará a cargo de los contribuyentes de dicho impuesto o de regímenes sustitutivos del impuesto sobre la renta, que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes; es decir aquellos que no fueron incluidos en las declaraciones de impuestos o aquellos datos “falsos” incluidos en la declaración.
Asimismo, el artículo 5 de la misma ley, establece que cuando los contribuyentes tengan declarados sus activos diferentes a inventarios, objeto de las normalizaciones tributarias consagradas en las leyes 1739 de 2014, 1943 de 2018 o 2010 de 2019, por un valor inferior al de mercado, podrán actualizar su valor incluyendo las sumas adicionales como base gravable del impuesto de normalización.