Licencia de maternidad para la madre adoptante

Juan Gomez Galeano
Juan Gomez Galeano 17 septiembre, 2021
Actualizado 2021/09/17 at 9:54 PM

Efectivamente la madre adoptante tiene derecho a la licencia de maternidad, sin embargo, tiene unos aspectos relevantes por tener en cuenta, inicialmente que esta licencia se contará a partir de la entrega formal del menor que se está adoptando por lo cual, este derecho no se podrá supeditar a la espera de la terminación del largo proceso de adopción ya que solo bastará con la entrega del menor para que se empiecen a generar lazos afectivos.

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, estableció que condicionar la licencia de maternidad a la duración del proceso de adopción llevaría a una desnaturalización al equiparar la adopción con el momento del parto. Así mismo, la sentencia T-172 del 2011 tutelo el derecho de una madre adoptante a obtener su licencia de maternidad el cual fue con anterioridad negado por la EPS y el tribunal estableció que entonces la fecha de parto se asimilaría a la entrega oficial del menor adoptado y de esta manera los niños deberán ser afiliados a la respectiva EPS. Además de estas consideraciones, el empleador tendrá que tener presente que para otorgar esta licencia al trabajador este debe informar al empleador que efectivamente se encuentra tramitando el proceso de adopción por lo menos con dos semanas de anticipación a la entrega del menor.

Dra. Jennifer Burgos Jiménez

Share this Article