Los fondos de empleados son organizaciones del sector de la economía solidaria que se caracterizan por ser de derecho privado, sin ánimo de lucro y están constituidos por trabajadores dependientes, trabajadores asociados o por servidores públicos, que con el objetivo de propender por el bienestar de sus asociados ofrecen servicios de ahorro y crédito.
Pueden ser asociados las personas que presten servicios a las empresas que generan el vínculo común de asociación, independientemente de la forma de vinculación.
Así las cosas, tenemos unas Fases para la constitución de un fondo de empleados:
- Primera fase. Requisitos: Tenemos una serie de documentos que aportar, definir el nombre, estatutos, etc.
- Segunda fase. Procedimiento: Convocar asamblea, nombrar presidente, secretario, aprobar estatutos, elaborar actas.
- Tercera fase. Registro ante Cámara de Comercio: inscribir el fondo de empleados en la Cámara de Comercio y figurar en el Registro Único Empresarial y Social (RUES
- Cuarta fase. Solicitud ante la DIAN: el representante legal debe solicitar el Registro Único Tributario (RUT) al igual que la autorización de facturación
- Quinta fase. Solicitud de control de legalidad: se tramita para los fondos de empleados ante la Superintendencia de la Economía Solidaria dentro de los diez (10) días siguientes a la obtención del Certificado de Existencia y Representación Legal
Cualquier apoyo sobre el tema puntual puede ser consultado con la Superintendencia de la Economía Solidaria, adicional debemos tener en cuenta que la asociación y retiro es voluntario, el patrimonio es variable e ilimitado, tienen una duración indefinida, el servicio prestado es en beneficio de los asociados, garantizan la igualdad de derechos de participación y decisión de los asociados, sin consideración a sus aportes y cada empresa puede conformar uno o varios fondos de empleados.
Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa