El Ministerio de Trabajo de acuerdo con la Resolución 0312 del 2019, estipulo que el responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo debe cumplir con un perfil académico respaldado con un año de experiencia como mínimo, de acuerdo al nivel de riesgo, y cantidad de trabajadores de la compañía.
El parágrafo 2 del artículo 4 de la Resolución 1016 de 1989 nos habla que las empresas deberán designar un responsable del SG SST, quien liderara el diseño, la implementación y administración, planeando, organizando, coordinando con los jefes de las áreas, la elaboración y actualización de la matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos y hacer la priorización para focalizar la intervención, desarrollando y promoviendo la participación de todos los miembros de la empresa en la implementación del SG-SST, según lo establecido en el Decreto único reglamentario del sector trabajo D.1072 de 2015, y en la Resolución 0312 de 2019.
“PARÁGRAFO 2: Para el desarrollo del programa de Salud Ocupacional el empresario o patrono, designará una persona encargada de dirigir y coordinar las actividades que requiera su ejecución” – Resolución 1016 de 1989 La normatividad vigente en materia de riesgos laborales establece unas responsabilidades aplicables al responsable del SG-SST. Dichas funciones son específicas, serán tenidas en cuenta en el momento de asignar el responsable del SG-SST.
Diego Arenas G.