De acuerdo al Decreto 1072 de 2015, en su artículo 2.2.4.6.2.6. todas las empresas publicas y/o privadas deben diseñar, desarrollar y mantener un proceso de la Gestión del cambio, definiéndose en un sistema cíclico (Planear, Hacer, Verificar, Actuar) en búsqueda de la mejora continua. Para la identificación de peligros, evaluación de los riesgos, aspectos ambientales, y consecuencias potenciales para la empresa, generados por los cambios internos o externos, con la finalidad de implementar medidas de prevención y control realizando un análisis del impacto en la organización.
Dentro del sistema integrado, la gestión del cambio debe ser ejecutada en el ciclo del planear, anticipando las consecuencias potenciales, para ello, cada vez que se genere algún cambio en los procesos se tendrá que informar con anterioridad al responsable del sistema, posterior a la identificación, se planificará las acciones, determinando un plan de intervención que describa cada uno de los controles que se realizará, estableciendo tiempos y responsables.
Los líderes de cada proceso junto con el responsable del sistema integrado darán su aval para la implementación de los controles establecidos en la gestión de los riesgos. Adicionalmente cada vez que se apruebe la gestión, se capacitará a todos los colaboradores y se publicará el cambio. Dando cierre a la gestión, los líderes de los procesos y el responsable del sistema integrado de gestión efectuaran un informe de rendición de cuentas el cual se presentará a la alta dirección.
Diego Arenas G.