En Colombia, la norma ampara y protege a las personas que crean diferentes obras literarias o artística que surgen de la forma de proyección y divulgación de las ideas del ser humano; punto base para comprender como se protege este aspecto en el país, ya que partimos frente al hecho en que no se protegen las ideas sino la forma de expresar esas ideas y los medios sobre los cuales se plasma.
Tenemos un marco normativo internacional y uno nacional con diferentes entidades encargada de regular cada uno de los aspectos que componen y protegen estos derechos, siendo estos: propiedad industrial, derechos de autor y conexos, y por último, variedad vegetal y conocimientos ancestrales.
Por regla general, en un primer momento, es la Constitución Política la encargada de proteger este derecho, consecuente a ello con la suscripción de diferentes tratados y convenios celebrados y ratificados, los cuales se encuentran en cabeza de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), siendo la encargada de prestar asesoría y servicios sobre el tema referente. Frente al estudio de estos servicios, podemos establecer que esta organización se encarga de velar y generar un sistema internacional de patentes, a partir de marcas originadas de diferentes tratados nacionales de los países miembros.
En el ámbito colombiano, aplicando la normatividad internacional anteriormente descrita, existen 3 entidades que se encargan de regular los aspectos de propiedad intelectual, siendo la primera la Constitución Política y las leyes que enmarcar la regulación en el ámbito general. Además, se tiene: el Instituto Colombiano Agropecuario, la Dirección Nacional de Derechos de Autor y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) entidad encargada de regular en Colombia la propiedad industrial.