El Decreto 431 de 2017 estipula los diferentes tipos de contratos de transporte regulados para la celebración de los contratos de servicio público de transporte terrestre automotor especial, para lo cual siempre será necesario que las empresas se acojan a las definiciones dispuestas.
La norma, en primer lugar, dispone aquellos contratos de transporte de estudiantes, indicando que son aquellos que se constituyen entre una entidad territorial, un grupo de familia, el representante legal (rector o director de un centro educativo), con una empresa de servicio público destinado para tal fin. El objetivo será entonces la prestación del servicio de transporte de sus estudiantes, que se desplacen desde su residencia hasta el establecimiento educativo, así como los destinos que se requieran con motivo de las destinaciones que requiera el plantel educativo.
Por otro lado, entre los contratos mas importantes dispuestos por la norma, se encuentra el contrato de transporte empresarial, usado comúnmente entre el representante legal de una compañía para donde se pretenderá el transporte de los funcionarios, empleados o contratistas, con una empresa de transporte público empresaria, desde su residencia, hasta el lugar en el cual deben desarrollar su labor.
Encontramos también los convenios de colaboración empresarial, con el objeto de buscar el eficiente uso de un vehículo automotor, para la búsqueda de una prestación del servicio optima; las empresas podrán realizar este tipo de convenios según lo disponga el Ministerio de Transporte por medio de quien lo solicite y contrate el servicio. Es aquí donde recae la importancia de lo dispuesto en el Código de Comercio que estipula que no se deben modificar las condiciones del contrato y se realizará bajo la responsabilidad de la empresa de transporte con la que se contratan los servicios de transporte, exponiendo entonces lo dispuesto en el artículo 991, que indica que entre la empresa con quien se contrató para la prestación del servicio y la empresa que realizó la conducción de los pasajeros (determinado el transportador del hecho).
Dicho lo anterior, antes de realizar la celebración de un contrato de transporte, cualquiera que sea el objeto es necesario remitirse a la norma base mencionada anteriormente, dado que cada tipo de contrato cuenta con características especificas para cada caso.