El contrato es una figura jurídica que destaca en el marco normativo en varias áreas del derecho, entre ellas, tenemos el derecho civil y comercial. De este se pactan cláusulas, que son acuerdos mediante los cuales las partes contrayentes dan su voluntad en un hecho, formalidad o acuerdo, esto va de la mano con los postulados normativos que se ajustan respecto a la clase de contrato que se esté efectuando.
Además de los contratos, las cláusulas buscan cumplir con los intereses, deberes y garantías que protegen el mismo, toda vez que el principio que lo rige está determinado por el «pacta sunt servanda», donde lo que se pacta obliga a las partes de manera considerable.
La finalidad de las cláusulas es determinar el objeto del contrato, darle cumplimiento y las formalidades del desempeño del mismo; de igual forma, son las que explican el límite, el balance, el alcance y la finalidad del contrato, teniendo en cuenta que su única finalidad siempre será el cumplimiento, que se determina por la función hecha, parcialmente hecha o no hecha por la parte que se somete al deber.
También existen las cláusulas que por mandato legal permiten darle cumplimiento o entablar un escenario de conformidad que brinde a las partes la garantía del deber, una vez se realiza una falta del cumplimiento. Así las cosas, la cláusula compromisoria es esa que permite brindan un compromiso legal a las partes, donde en el evento de presentar controversias contractuales, estas se pueden presentar de manera voluntaria ante un arbitrio. El arbitrio está determinado por el lugar de celebración del pacto y su competencia, así mismo, lo que se busca es obtener una conciliación del cumplimiento, generando fórmulas de arreglo, dejándolo por escrito para darle trámite inmediato a lo pactado.
Esta formalidad es necesaria para constituir un contrato, ya que blinda, protege y garantiza el cumplimiento, sin dejar de lado al arbitrio, quien fungirá como testigo y mediador entre los contrayentes. Por esto es que se hace tan necesario suscribir este tipo de cláusula, puesto que ostenta el poder subordinante de cumplimiento al que se encuentre en la capacidad de evadir el objeto y beneficia al que esté en capacidad de resistir el incumplimiento.