La vinculación de los jugadores de futbol a los clubes profesionales en Colombia se realiza mediante un contrato de trabajo. Este debe ser ajustado a la normativa del país según el Código Sustantivo de Trabajo y generalmente se realiza por contrato a término fijo no mayor a 3 años, con todos los elementos esenciales que contiene un contrato laboral.
Por otra parte, hay un contrato de representación que en su mayoría se realiza para evitar gastos en seguridad social y retenciones, por estos motivos se encuentran inconvenientes al momento de garantizar este derecho al trabajador, ya que no se tramitan en debida forma y se evidencia doble contratación, la primera, por motivos laborales donde existe una subordinación y la otra, donde se evidencia el verdadero contrato, que es más comercial, donde pagan sumas altas.
En la mayoría de los casos siempre el afectado va a ser el trabajador, porque si sufre una lesión grave que da lugar a pérdida de la capacidad laboral y el empleador no daba una remuneración de más de un salario mínimo y solo hizo cotizaciones por menos de 50 semanas, no le dará lugar a la pensión por invalidez. A pesar del riesgo que contempla la profesión de futbolista en materia de enfermedades laborales, accidentes o lesiones, no se ha contemplado un sistema de seguridad y salud en el trabajo que contemple estos factores de riesgo para crear planes de prevención, ya que los riesgos asociados a la realización de este trabajo son significativamente altos y completamente diferentes a otras profesiones.