La iniciativa busca modificar el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para adicionar el Capítulo 12 del Título 1 Parte 3 del Libro 1 y reglamentar la exclusión del impuesto sobre las ventas – IVA en la importación y enajenación de computadores. Para efectos de la exclusión del impuesto sobre las ventas en la importación de computadores, es el valor en aduanas. Para efectos de la exclusión del impuesto sobre las ventas en la enajenación de computadores en el territorio nacional, es el valor de venta al público. No se encuentran excluidos del impuesto sobre las ventas elementos diferentes, tales como: impresoras, unidades de almacenamiento externo, escáner, módem externo, cámara de video y, en general, otros accesorios o periféricos, así como partes y piezas de los computadores.
Luis E. Naranjo Corredor
Asesor Jurídico