¿Cuándo no aplica la política de desconexión laboral?

Manuela Mahecha Vanegas
Manuela Mahecha Vanegas 16 enero, 2023
Actualizado 2023/01/16 at 9:33 AM

Como consecuencia de la emergencia sanitaria COVID-19 originada en el año 2020, nació la necesidad para las compañías de migrar de modalidad presencial a modalidad virtual. Dicha situación incrementó el número de trabajadores con enfermedades psíquicas con ocasión al estrés laboral.

En este sentido, fue necesario implementar políticas públicas en aras de mitigar dichos problemas derivados del trabajo virtual; por lo que se implementó la Ley 2191 de 2022, a través de la cual, se regula el derecho a la desconexión laboral y el derecho al descanso estipulado en el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia.

El objeto de la norma, es crear, regular y promover el derecho a la desconexión laboral de los trabajadores, independientemente de la modalidad de ejecución de funciones, es decir, presencial o virtual e independientemente de la naturaleza del contrato.

Esa desconexión laboral se entiende como el derecho que tiene el trabajador a no ser requerido respecto de la actividad laboral fuera de su jornada laboral o durante los tiempos de descanso.

Sin embargo, la norma establece una serie de situaciones o aspectos que dan lugar a que no se aplique la ley ni la política de desconexión laboral. Lo anterior, de conformidad con el artículo 6 de la Ley 2191 de 2022, el cual dispone que los trabajadores con cargos de dirección, confianza y manejo, por su naturaleza, deben contar con una disponibilidad permanente y las situaciones de fuerza mayor y caso fortuito, no están sujetos a la desconexión laboral.

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