La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), como entidad de orden nacional adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, tiene como objetivos misionales el reconocimiento de derechos pensionales causados a cargo de administradoras del Régimen de Prima Media del orden nacional y de las entidades públicas del orden nacional que hayan tenido a su cargo el reconocimiento de pensiones, respecto de las cuales se haya decretado o se decrete su liquidación; además de las tareas de seguimiento, colaboración y determinación de la adecuada, completa y oportuna liquidación y pago de las contribuciones parafiscales de la protección social.
Frente a la omisión, la UGPP lo subdivide en dos: omisión en afiliación y vinculación. Respecto a la primera, se entiende como el incumplimiento de la obligación de afiliar a alguno o algunos de los subsistemas que integran el Sistema de Protección Social y, como consecuencia de ello, no haber declarado ni pagado las respectivas contribuciones parafiscales cuando surja la obligación conforme con las disposiciones legales vigentes. Ahora, respecto de la omisión en vinculación, se entiende como el no reporte de la novedad de ingreso a una administradora del Sistema de Protección Social y como consecuencia de ello, no se efectúa el pago de los aportes a su cargo a alguno o algunos de los subsistemas que integran el Sistema de Protección Social.
Por lo cual, las empresas deberán verificar que los trabajadores relacionados en los anexos correspondan a su empresa y para los trabajadores por los cuales se omitieron aportes al SGSS, realizar las correcciones y pagos pendientes a través de la planilla integrada PILA, evitando de esta forma posibles fiscalizaciones y sanciones por parte de la entidad.