Dentro de los estándares que regulan la propiedad horizontal en Colombia se encuentran los principios normativos que rigen esta relación. Estos están establecidos en la Ley 675 de 2001, donde se establecen garantías, deberes y responsabilidades para las partes involucradas en una propiedad horizontal, tanto en su calidad de residentes como parte integral de dicha comunidad.
En el ámbito de las zonas comunes, como los conjuntos residenciales, pueden surgir situaciones que obstaculizan el ejercicio libre y respetuoso de la convivencia. Esto supone un desafío para el área de administración y vigilancia, ya que deben establecer mecanismos de control sobre dichos escenarios que afectan el desarrollo armonioso de la comunidad. Ante la aparición de problemas con los residentes de una propiedad horizontal, es necesario llevar a cabo ciertos trámites relacionados con este ejercicio.
Uno de los primeros pasos a seguir es que la propiedad horizontal de los conjuntos residenciales debe contar con un “consejo de administración”. Este consejo tiene la responsabilidad de crear un “reglamento interno de propiedad horizontal” en el cual se establezcan los derechos y deberes de los residentes. A través de este reglamento se determinan las posibles sanciones en caso de incumplimiento por parte de algún residente.
Cuando se presenta un caso de incumplimiento o perturbación de la convivencia por parte de un residente, es necesario llevar a cabo reuniones con el consejo de administración para tomar medidas disciplinarias adecuadas que busquen poner fin a dicha conducta. En caso de que el residente persista en su comportamiento, se podrán aplicar acciones legales como la presentación de una querella, la realización de una conciliación o el inicio de un proceso judicial ante un juez competente, con la asesoría de un abogado.