Conozca la ley de emprendimiento juvenil

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 8 junio, 2023
Actualizado 2023/06/08 at 11:44 AM

Por medio de la Ley 1780 de 2016 se establecen lineamientos para promover el emprendimiento juvenil a nivel empresarial. Esta normativa determina varios aspectos relacionados con la creación de compañías con el objetivo de generar empleo para jóvenes entre 18 y 28 años de edad, así como la creación de empresas cuyo capital sea impulsado por personas naturales menores de 35 años.

Así las cosas, la aplicabilidad de las disposiciones contempladas en la ley 1780 de 2016 genera ciertos beneficios a las compañías que se hayan conformado a partir del día 2 de mayo de 2016, tales beneficios son:

  1. Exención del pago en la matrícula mercantil y su correspondiente renovación, siempre y cuando la misma se genere dentro de los primeros 3 meses del año.
  2. Las compañías que generen contratación de personal nuevo (adicional a la nómina) quienes tengan entre 18 y 28 años, no tendrán la obligación de realizar aportes a Caja de Compensación Familiar de dichos trabajadores durante el primer año del contrato.

Ahora bien, teniendo en cuenta tales beneficios, la normativa también contempla ciertos requisitos que las compañías deben cumplir al momento de realizar la matrícula mercantil, tales como:

  1. Participación de una o varias personas en la mitad más una de las cuotas o acciones de la compañía de personas que tengan entre 18 y 35 años de edad.
  2. La compañía no puede estar conformada por más de 50 trabajadores.
  3. Los activos sociales de la compañía no pueden superar los 5.000 SMLMV
  4. No estar incluido en las causales de exclusión de beneficios determinados en el artículo 2.2.2.41.5.9. Del Decreto 639 de 2017.
  5. Manifestar que cumple con los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral, obligaciones tributarias y demás contribuciones a nivel laboral.
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