Según lo dispuesto por medio del Código de Convivencia de Policía, se crean e implementan situaciones concernientes a todos aquellos comportamientos que de alguna manera generen riesgos derivados de la convivencia cuando se tengan animales, para ello dispone que debe efectuarse una serie de situaciones tales como las siguientes:
- Será obligatorio permitir el ingreso de perros lazarillos, que acompañen a los propietarios en espacios abiertos al público y en lugares privados ase como medios de transporte, sin embargo, deberá contarse con las respectivas medidas de seguridad.
- Será de obligatorio recoger excrementos de los animales, por parte de los tenedores o propietarios.
- Será obligatorio trasladar los caninos de raza potencialmente peligrosa con bozal, traílla en zonas comunes o en lugares abiertos al público.
- Está prohibido entrenar caninos para la participación en peleas como un espectáculo para la agresión de las personas a las cosas, animales, siempre que el fin sea la violencia.
- Está completamente prohibido generar que los animales, mascotas esparzan de una u otra manera el contenido de bolsas, recipientes para la basura.
Los anteriores comportamientos tendrán sanciones de tipo económico en los cuales el responsable será el propietario del animal. Razón por la que al usted encontrarse en los lugares determinados anteriormente con su mascota, deberá acatar lo dispuesto por medio del Código de Policía, toda vez que podrá ser sujeto de las sanciones mencionadas anteriormente adicional a todas las normas dispuestas por medio de la Ley 1774 de 2016 referente al maltrato de los animales.