La Ley 2197 de 2022 modificó el artículo 37 del código penal colombiano en el cual se establecía la pena máxima permitida a imponer en el territorio colombiano, fijando el límite en 60 años, dicha reglamentación entró a regir el ordenamiento jurídico en enero del año 2022, sin embargo, la Corte Constitucional en su sentencia C-383 de 2022 se refirió a dicho artículo y lo modificó de manera directa
Es claro que el panorama de los establecimientos carcelarios del país se encuentra en un estado crítico por motivo de su sobrepoblación y hacinamiento por lo cual la corte constitucional a decretado un estado un estado de cosas inconstitucionales frente a esta situación en concreto, de acuerdo a la violación sistemática de derechos humanos de las personas privadas de la libertad en establecimientos carcelarios en el territorio nacional, por lo cual debía pronunciarse frente al aumento de la pena máxima permitida en la República de Colombia.
Recordemos que la pena impuesta en materia penal en Colombia tiene como principal y único fin la resocialización del condenado, y siempre teniendo en cuenta el valor humano de las personas privadas de la libertad, la Corte mediante sentencia C-383 de 2022 declaró que dicho aumento vulnera y va en contravía de la dignidad humana y de acuerdo al estado de cosas inconstitucionales en materia penitenciaria es improcedente realizar un aumento del máximo de la pena y que en consecuencia se declarará prohibido, dejando el máximo de la pena como venia antes de la modificación, es decir en 50 años como máximo para interponer como pena en Colombia.