De acuerdo con la circular 0026 de Ministerio de trabajo, se recomienda a las empresas que implementen acciones que se enfoquen en prevenir, dar atención y corregir el acoso laboral y sexual contra las mujeres y personas que hagan parte de la comunidad LGBTIQ+, de conformidad con las estadísticas que han demostrado que el acoso laboral y discriminación ha sido mayoritario en contra del género femenino y las persona de orientación sexual diversa.
Por lo cual, se determina que todas las empresas en Colombia deben implementar una política que promueva buenas condiciones adecuadas y correctas prácticas empresariales que pretendan combatir todos los tipos de discriminación que se puedan presentar en la ejecución de sus actividades económicas, enfocado en que se otorguen iguales oportunidades en el ámbito laboral y en materias de ocupación para todas las personas al ser tratadas con respeto, sin invisibilizarlas por razones de género o de orientación sexual.
El fundamento normativo de estas acciones se sustenta en las diferentes convenciones que se han suscrito con otros países, buscando que se regule en Colombia por cada modalidad del acoso laboral una acción a implementar por parte de las empresas, buscando que los comités de convivencia actúen frente al desarrollo de las medidas de acuerdo con su competencia.
Por lo anterior, es necesario que se realicen campañas de sensibilización con los trabajadores, acompañadas de capacitaciones sobre las temáticas especiales que se evidencien suceden al interior de la compañía, para que la política que quede en firme sea entendida y acatada por los trabajadores ya que conocen el cimiento de la misma y pueden aplicarla en debida forma.