¡Señor empresario! Actualice las bases de datos para no incumplir con la Ley de “Protección de datos personales”

Daniela Melo
Daniela Melo 5 febrero, 2024
Actualizado 2024/02/05 at 11:16 AM

De acuerdo con la Ley 1581 de 2012 de “Protección de datos personales” interpuesta por el Gobierno Nacional, se pretende desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas de conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recogido sobre ellas en distintos medios, como bases de datos o archivos, además de los derechos, libertades y garantías de índole constitucional.

Es por esto que, el “responsable” del tratamiento de datos, independientemente si se trata de una persona natural, jurídica, del sector público o privado, decide sobre las bases de datos o sobre el tratamiento de las mismas; tiene así la obligación legal de hacer el reporte e inscripción al Registro Nacional de Bases de Datos, entendiendo éste como un directorio público administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio,  ente de control y vigilancia.

Dicho lo anterior, las únicas bases de datos que no están consideradas dentro del ámbito de aplicación normativa son “Las bases de datos o archivos mantenidos en un ámbito exclusivamente personal o doméstico”. Por consiguiente, el cumplimiento de dicho mandato legal inicia con la elaboración de las políticas de protección de datos, la cual nace del conocimiento que se tenga de la compañía y de cómo funciona y circula la información susceptible de registro.

En este orden de ideas propuesto y, asumiendo las implicaciones sobre la ley de protección de datos de las personas, quienes tienen bajo su custodia algún tipo de recopilación de datos personales, es oportuno que proceda con la aplicación del mandato consagrado en la 1581 de 2012.

El artículo 18 de la mencionada Ley 1581 del 2012 establece:

Artículo 18. Deberes de los Encargados del Tratamiento. Los Encargados del Tratamiento deberán cumplir los siguientes deberes, sin perjuicio de las demás disposiciones previstas en la presente ley y en otras que rijan su actividad: “Realizar oportunamente la actualización, rectificación o supresión de los datos en los términos de la presente ley”

La obligatoriedad de la actualización de las bases de datos de los clientes, proveedores, trabajadores y demás, es de absoluto cumplimiento a la Ley estatutaria de protección de datos personales.

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