Es importante recordar que los derechos a la salud, la dignidad humana, la estabilidad laboral reforzada, el trabajo y el mínimo vital son derechos fundamentales, lo que significa que pertenecen de manera inherente e inseparable a todas las personas, sin distinción de raza, condición, sexo o religión. Estos derechos fundamentales fueron reconocidos y consagrados por la Constitución Política de Colombia de 1991. En este contexto, la Corte Constitucional, en la Sentencia T-581 de 2023, establece un precedente judicial que permite su aplicación y resolución. El magistrado ponente establece los parámetros bajo los cuales se puede dar la terminación de un contrato de trabajo con un trabajador que goza de estabilidad laboral reforzada. En este caso particular, el trabajador instaura una acción de tutela alegando que, debido a un accidente de trabajo, ha sido diagnosticado con VIH, lo que lleva a que la empresa termine su contrato laboral sin la autorización del Ministerio de Trabajo.
La alta Corte determina que el empleador debe contar con motivos suficientes y la autorización del Ministerio de Trabajo para dar por terminado el contrato de trabajo en estos casos. En el contrato en cuestión, los trabajadores no recibieron capacitaciones ni inducciones previas y necesarias sobre el uso y manipulación de los elementos y objetos para realizar sus tareas asignadas, lo que los hace inconscientes de los riesgos que implica el tratamiento o empleo de estos elementos y las consecuencias de su mal uso. Por lo tanto, el mal manejo de jeringas puede causar diversas consecuencias, como el riesgo de contraer o transmitir el VIH y otras infecciones. Esto se debe a que las agujas, jeringas y otros implementos de inyección podrían tener sangre de una persona contagiada y transmitirla a una persona sana. Ante esta situación, el trabajador debe acudir de inmediato al sistema de riesgos laborales (ARL), donde el profesional a cargo realiza la valoración médica correspondiente y determina la condición médica del trabajador.
Cuando un trabajador está protegido por la figura de estabilidad laboral reforzada, no puede ser despedido sin la previa autorización del Ministerio de Trabajo, incluso si las razones para el despido son diferentes a su condición de salud. En el caso específico de la sentencia T-581 de 2023, la persona que contrae VIH por contacto directo con una aguja tiene fuero de estabilidad reforzada. Por lo tanto, su empleador tiene la obligación de protegerlo y respaldarlo ante cualquier contingencia, especialmente si se considera un accidente laboral.