De acuerdo con la resolución 000165 de 2023, donde se realizaron cambios a la facturación electrónica para el año 2024 respecto al sistema de facturación, así como la inclusión de los nuevos documentos electrónicos, se adopta la versión 1.9, la cual deberá contener en primer lugar la validación estricta de la Razón Social y el NIT, alineándolos junto con los datos del RUT.
Adicionalmente, se debe establecer la moneda en facturas y facturas de exportación. Estas se deberán emitir en formato XML en pesos colombianos, pero mediante una representación gráfica también se puede mostrar en otras monedas. Cuando sea de exportación, se deberá informar valores en monedas diferentes. La fecha de emisión y la firma deben coincidir para sincronizar los procesos de emisión y registro.
Asimismo, se elimina la opción de emitir facturas con una fecha diferente a 10 días del envío a la DIAN. Por lo tanto, la fecha de emisión debe ser el mismo día en que se envía a la DIAN, donde se deben incluir medios de pago, tipos de documento y tipos de operación. Las notas de crédito deben ajustarse a las nuevas regulaciones. A partir del mes de febrero de 2024, se deben aplicar las nuevas condiciones para dar cumplimiento a las nuevas disposiciones según la resolución 000165 de 2023, de conformidad con las generalidades del sistema de facturación y los sujetos obligados a la emisión de facturas.
Finalmente, la factura de venta en formato físico tendrá validez en dos situaciones específicas:
- Cuando se presenten inconvenientes tecnológicos.
- Los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple deben cumplir requisitos como no haber pertenecido a otro régimen y no estar obligados a facturar. Por lo tanto, se les otorga un plazo de 2 meses desde su registro en el Régimen Simple para iniciar el proceso de facturación electrónica.