Actualmente, todas las compañías en Colombia deben realizar el reporte de los estándares mínimos ante las entidades gubernamentales, como el Ministerio de Trabajo y la Aseguradora de Riesgos Laborales a la que está vinculada la organización. Esto se hace con el fin de proteger la seguridad y salud de los trabajadores, y evitar así incurrir en sanciones, multas o incluso el cierre parcial o total de la compañía.
El Ministerio de Trabajo, mediante la circular 015 emitida en febrero de 2024, amplía el plazo para el reporte de los estándares mínimos. Esto aplica para todas las empresas, ya sean pequeñas, medianas o grandes, que tengan implementado el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Deben realizar el reporte correspondiente al año anterior, detallando su actividad económica y su nivel de riesgo, y elaborando los ítems específicos según lo establecido en la Resolución 0312 de 2019. Estos ítems incluyen la asignación de la persona encargada del diseño del Sistema de Gestión, la afiliación al sistema de seguridad integral, la capacitación en SST, el plan anual de trabajo, las evaluaciones médicas ocupacionales, la identificación de peligros, la evaluación y valoración de riesgos, y las medidas de prevención y control de riesgos, entre otros. Todos estos ítems deben estar implementados en la organización, llevando a cabo el ciclo PHVA de mejora continua. Es importante destacar que el plazo para realizar este proceso está habilitado en la plataforma de riesgos laborales hasta el día 15 del mes de abril, hasta las 12:00 p.m., y la persona encargada de llevarlo a cabo es el responsable y profesional del Sistema de Gestión Salud y Seguridad en el Trabajo.
El incumplimiento o la omisión del reporte por parte de la persona responsable del Sistema de Gestión Salud y Seguridad en el trabajo conllevará diversas consecuencias, como la imposición de multas o sanciones, previstas en la Resolución 0312 de 2019. Además, es importante señalar que esto puede dar lugar a omisiones o inexactitudes que podrían resultar en el cierre parcial o total de las instalaciones de la compañía.