De acuerdo con lo reglamentado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, se precisa el contenido de una factura. Por lo tanto, esta debe contar con la información necesaria que permita conocer cómo se determinaron los valores y consumos, así como la forma de compararlos y el precio, teniendo en cuenta los periodos anteriores. Además, debe contener el plazo y el modo en que puede efectuarse el pago.
Cuando el usuario no esté satisfecho con los cobros efectuados o identifique que la factura no cumple con los requisitos de ley, puede acudir ante la empresa prestadora de servicio a través de una reclamación, un mecanismo legal de defensa contemplado en la Ley 142 de 1994. Este permite plantear las inquietudes pertinentes o proceder a efectuar las reclamaciones correspondientes. Dentro de este proceso, la entidad tiene un término de 15 días para dar una respuesta, notificándola al usuario. En caso de desacuerdo con lo resuelto por la empresa de servicios públicos domiciliarios, el usuario puede interponer un recurso de reposición en subsidio de apelación, el cual deberá ser decidido por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Por lo tanto, es necesario que como usuario se verifiquen los requisitos formales y, con ello, el cobro que se está efectuando, antes de iniciar una reclamación. En caso de ser necesario, podrían interponerse las acciones legales pertinentes para conocer los cobros que se están generando.