Históricamente, Colombia ha tenido un índice considerable de explotación a menores en materia sexual, debido a varios factores como la pobreza económica, la falta de acceso a la educación, la violencia intrafamiliar, entre otros. La inocencia de algunos niños, niñas y jóvenes, seducidos por situaciones de favorabilidad económica y búsqueda de oportunidades, los lleva de manera forzosa a estas situaciones, violentando a este grupo de la población de maneras permanentes e inimaginables, dejando secuelas irreversibles.
Ahora bien, específicamente en Colombia, en desarrollo de sus políticas y en la ardua lucha contra el acoso y tráfico sexual de menores, a través de lo dispuesto por el legislador, se estableció la Ley 679 de 2001. Esta ley crea un estatuto de prevención para contrarrestar el abuso, la comercialización y el tráfico sexual de menores en el país, en desarrollo del artículo 44 de la Constitución Política de Colombia.
Esta ley contempla diversos aspectos desde los cuales se puede combatir esta situación, como por ejemplo, aspectos en materia penal, así como las situaciones donde se presenta el fenómeno del turismo sexual, ejecutado por parte de extranjeros que invierten su capital en adquirir esta clase de servicios a expensas de padres negligentes y menores en situación de desfavorabilidad social y económica.
La ley aplica aspectos específicos para sancionar, como por ejemplo:
- Desarrollo de actividades turísticas.
- Medidas penales.
- Medidas con alcance internacional.
- Uso de redes de comunicaciones globales.
En ese orden de ideas, estos puntos son los que se han modificado, fortalecido y/o adicionado al régimen normativo, teniendo presente que, en la Constitución Nacional, se presentan como sujetos de especial protección los niños, niñas y adolescentes.
Es de gran importancia resaltar que, con los apoyos normativos, las autoridades policivas y administrativas como la Policía Nacional, la Fiscalía General y el I.C.B.F., cuentan con las facultades para dar cumplimiento a las normas descritas y para la implementación de estos preceptos.