La administración de las tareas de alto riesgo se encuentra inmersa en el sistema de gestión de la empresa e implementarse de forma natural, donde cada uno del personal involucrado, independientemente de si es propio o contratado, cumpla las responsabilidades definidas en el procedimiento que la empresa construya para dicha administración, siempre dentro del marco legal vigente en Colombia, es decir, la resolución 3032 del 27 de julio de 2022, así como el decreto 2090 de 2013.
Es así como el decreto 2090 de 2013 establece que se entiende por actividades de alto riesgo, aquellas en las que la labor desempeñada implique la disminución de la expectativa de vida saludable o la necesidad del retiro de las funciones laborales que ejecuta, con ocasión de su trabajo, independientemente de las condiciones en las cuales se efectúe el trabajo.
De esta forma, el artículo 2 del mencionado decreto establece aquellas actividades que se consideran de alto riesgo para la salud de los trabajadores, las cuales son:
- Trabajos en minería que impliquen prestar el servicio en socavones o en subterráneos.
- Trabajos que impliquen la exposición a altas temperaturas, por encima de los valores límites permisibles, determinados por las normas técnicas de salud ocupacional.
- Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes.
- Trabajos con exposición a sustancias comprobadamente cancerígenas.
- En la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil o la entidad que haga sus veces, la actividad de los técnicos aeronáuticos con funciones de controladores de tránsito aéreo, con licencia expedida o reconocida por la Oficina de Registro de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, de conformidad con las normas vigentes.