¿Conoce cómo opera la coexistencia y concurrencia de contratos laborales?

Danna Piñeros
Danna Piñeros 7 mayo, 2024
Actualizado 2024/05/07 at 10:02 AM

La concurrencia y coexistencia de contratos laborales es una figura en materia laboral que hace referencia a que un trabajador cuenta con más de un contrato laboral de cualquier naturaleza (fijo, indefinido u obra o labor), ya sea con un mismo empleador o con dos empleadores diferentes.

En este sentido, la concurrencia de contratos aplica cuando hay más de una relación laboral con dos empleadores distintos; en caso contrario, la coexistencia hace referencia a que un trabajador cuenta con dos contratos laborales pero con un mismo empleador.

Cabe resaltar que los artículos 25 y 26 del Código Sustantivo del Trabajo establecen que, independientemente de que se evidencien dos relaciones laborales, es obligatorio que el empleador o los empleadores garanticen el pago de las prestaciones sociales, cotizaciones a seguridad social y el pago de las demás acreencias laborales por cada contrato de trabajo suscrito.

Teniendo en cuenta lo anterior, es obligatorio que en estas figuras el empleador o los empleadores realicen las afiliaciones del sistema de seguridad social en las mismas administradoras, tales como EPS y Fondo de pensiones, toda vez que no es posible que se presente una doble afiliación.

No obstante, frente a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), es viable realizar la afiliación en diferentes entidades, toda vez que esta gestión se realiza acorde a la suscripción y riesgos de cada empleador de manera individual.

Finalmente, se debe señalar en definitiva que la concurrencia y coexistencia de contratos es válida en las relaciones laborales siempre y cuando no se haya pactado una cláusula de exclusividad.

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