¿Es procedente realizar un proceso disciplinario por bajo rendimiento?

Daniela Chaves
Daniela Chaves 21 mayo, 2024
Actualizado 2024/05/21 at 9:07 AM

Es importante tener en cuenta que el bajo rendimiento aplica cuando un trabajador no cumple con las expectativas o las responsabilidades de sus actividades laborales. Por lo tanto, se deben considerar los siguientes aspectos:

  1. Evidenciar la capacidad de cada trabajador individualmente para diferenciar el bajo rendimiento.
  2. Visualizar el promedio de rendimiento de cada trabajador para poder compararlo.

De acuerdo con el Decreto 1072 de 2015, el empleador debe seguir el procedimiento pertinente, como se estipula en el artículo 2.2.1.1.3. El «Procedimiento para la terminación unilateral por rendimiento deficiente» del decreto mencionado establece que el requerimiento deberá agotarse requiriendo al trabajador dos veces por escrito, mediando entre uno y otro requerimiento un lapso no inferior a ocho (8) días, para así poder soportar dicho procedimiento disciplinario. Es importante recordar que se debe elaborar un cuadro comparativo donde se evidencie el bajo desempeño laboral del trabajador, comparándolo con el rendimiento de otros trabajadores que sí tienen un alto rendimiento laboral, siempre que se trate de actividades análogas.

Es menester señalar que, luego de haber agotado los requisitos mencionados, se puede establecer el procedimiento disciplinario para proceder con la causal objetiva que configure la sanción pertinente. El mecanismo idóneo para llevar a cabo este procedimiento puede ser realizado de manera virtual o presencial, ya que la norma no señala una forma obligatoria para el procedimiento disciplinario. Sin embargo, tenga en cuenta que el procedimiento disciplinario se puede agotar siempre y cuando se realicen los respectivos requerimientos, se haga la citación al trabajador con un mínimo de 24 horas de anticipación, y la diligencia se lleve a cabo dentro del horario laboral del trabajador, respetando el derecho a la defensa y a la contradicción. Finalmente, es recomendable realizar la grabación de la diligencia de descargos, previa autorización de las partes presentes, con el fin de salvaguardar la Ley de Protección de Datos Personales. Este soporte puede ser útil en caso de cualquier situación que se pueda presentar dentro de la compañía.

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