¿Fuero de estabilidad laboral reforzada para trabajadores vinculados por contrato de obra o labor?

Angelica Penagos
Angelica Penagos 28 mayo, 2024
Actualizado 2024/05/28 at 7:12 AM

Es importante mencionar que, para adquirir una condición o fuero de especial protección, se deben cumplir ciertos requisitos mínimos y necesarios. Estos requisitos están descritos de manera suficiente en la sentencia SU-269 del 2023. Cuando se trata de temas de salud, es menester demostrar que el trabajador cuenta con una condición de salud que dificulte el desempeño de sus labores. Además, es necesario que la condición sea conocida por el empleador antes de que ocurra un despido y, por último, que si ocurre una desvinculación laboral, no exista una debida justificación para que sucediera.

Si bien es cierto que la notificación al empleador de que se cuenta con cierta condición médica es obligatoria, las pruebas directas y la demostración de esta condición no son necesarias, toda vez que la situación puede hacerse notoria por indicios y presupuestos de hecho. Esto precisamente busca evitar que los trabajadores sean despedidos por una situación de salud o sean discriminados por la misma razón.

Es indispensable mencionar que el fuero o la estabilidad laboral reforzada por salud procede en todas las modalidades de contratos laborales, tales como contrato por obra o labor, contrato a término fijo o contrato a término indefinido.

Entendiendo que el contrato por obra o labor está determinado específicamente por la duración de la obra o servicio que se va a realizar, en este caso no podrá ser despedido el colaborador que haya terminado la obra por la cual ha sido contratado. En este orden de ideas, para terminar una relación laboral de dicha naturaleza, es indispensable contar previamente con la autorización del Ministerio de Trabajo.

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