¿En qué consiste el contrato de alojamiento?

Diego Hernando Jimenez Peña
Actualizado 2024/08/21 at 4:48 PM

Constantemente, para eventos corporativos o viajes de negocios, utilizamos el concepto de alojamiento. Por esto, es importante entender cómo funciona esa relación legal entre el huésped y el hotel. Usualmente, esto se lleva a cabo por medio de un contrato de alojamiento, que es un contrato de adhesión que una persona natural o jurídica celebra con el propósito principal de prestar alojamiento a otra persona denominada huésped o cliente, mediante el pago del precio respectivo, por un plazo inferior a treinta (30) días.

El estatuto del consumidor contemplado en la Ley 1480 de 2011, en su artículo 37, nos indica que las condiciones negociales generales y de los contratos de adhesión deberán cumplir como mínimo los siguientes requisitos:

  1. Haber informado suficiente, anticipada y expresamente al adherente sobre la existencia, efectos y alcance de las condiciones generales. En los contratos se utilizará el idioma castellano.
  2. Las condiciones generales del contrato deben ser concretas, claras y completas.
  3. En los contratos escritos, los caracteres deberán ser legibles a simple vista y no incluir espacios en blanco. En los contratos de seguros, el asegurador hará entrega anticipada del clausulado al tomador, explicándole el contenido de la cobertura, de las exclusiones y de las garantías.

Serán ineficaces y se tendrán por no escritas las condiciones generales de los contratos de adhesión que no reúnan los requisitos señalados en este artículo.

Este mismo estatuto del consumidor indica que «son cláusulas abusivas aquellas que producen un desequilibrio injustificado en perjuicio del consumidor y las que, en las mismas condiciones, afecten el tiempo, modo o lugar en que el consumidor puede ejercer sus derechos. Para establecer la naturaleza y magnitud del desequilibrio, serán relevantes todas las condiciones particulares de la transacción particular que se analiza.»

Los productores y proveedores no podrán incluir cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores. En caso de ser incluidas, serán ineficaces de pleno derecho.

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