Dentro de las modificaciones que trajo consigo el Código Penal, se adicionó el agravante de delito de violencia intrafamiliar cuando este se cometa contra un adulto mayor. Por esta razón, la pena queda tipificada de la mitad a las tres cuartas partes cuando en la acción u omisión se vea inmersa una persona mayor de 60 años. La pena de prisión para este delito se encuentra comprendida entre cuatro y ocho años.
Asimismo, quedó contemplado como delito que “quien mediante la fuerza restrinja la libertad de locomoción de un adulto mayor” tendrá una pena de prisión de 16 a 36 meses y una multa y/o sanción de 1,33 a 24 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Continuando con lo anterior, también se creó el delito de “maltrato por descuido, negligencia o abandono” en persona mayor de 60 años. Dentro de este, quedó tipificada la conducta cuando se someta a condición de abandono y descuido del adulto mayor, generando afectación a sus necesidades de higiene, vestuario, alimentación y salud. Por tanto, este delito quedó tipificado con prisión de 4 a 8 años y multa de 1 a 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Teniendo en cuenta lo anterior, es importante que conozca y delimite los tipos de delitos que el Código Penal adicionó en favor del adulto mayor para que no se encuentre inmerso en posibles denuncias por maltrato hacia una persona mayor de 60 años. Toda vez que el adulto mayor, ante el ordenamiento jurídico colombiano, se configura como un sujeto de especial protección constitucional.