Actualmente, es evidente la necesidad de suscribir pólizas de seguro en la ejecución de contratos, especialmente en aquellos cuya naturaleza jurídica corresponde a los contratos de obra civil. Estas pólizas tienen como finalidad principal proteger el capital invertido tanto por el contratante como por el contratista para la ejecución del objeto del contrato, ya que, durante su transcurso, pueden presentarse situaciones que impidan el correcto cumplimiento de lo acordado entre las partes, ya sea por factores ajenos a las mismas o por fuerza mayor.
Por lo tanto, resulta pertinente tener en cuenta las siguientes recomendaciones antes de buscar la afectación de estas pólizas:
- Exigir como requisito al contratista el pago anticipado del 100% de las pólizas, previo a la suscripción del contrato de obra civil.
- Validar que la cobertura de las pólizas adquiridas cubra todo el período de duración pactado del contrato, para que, en cualquier momento de la ejecución del mismo, si se presenta alguna inconformidad, se pueda realizar la afectación de las pólizas.
- Cuando se evidencie el incumplimiento por parte de la otra parte respecto a las obligaciones contractuales contraídas, recopilar documentación y pruebas que lo demuestren, para allegarlas a la aseguradora.
- Realizar un requerimiento formal a la parte incumplida, manifestando las razones de hecho y expresando de manera puntual las solicitudes necesarias para subsanar el incumplimiento.
Por último, una vez agotados estos pasos, se podrá proceder con la afectación de la póliza ante la aseguradora correspondiente, mediante una solicitud formal que puede realizarse a través de un apoderado judicial o en nombre propio. En la solicitud, se deberán anexar las pruebas y los requerimientos formales realizados en su momento a la parte incumplida.