El matrimonio es una figura jurídica que implica la unión de los cónyuges, y está regulado por el Código Civil, específicamente en el título IV. Este establece que el matrimonio, en primera instancia, es un contrato civil celebrado entre dos personas, para lo cual se deben cumplir ciertos requisitos especiales, como la capacidad y la voluntad de quienes desean unirse en matrimonio. En general, ambas partes deben ser mayores de edad y no deben estar sujetas a ninguna prohibición legal. Respecto a las prohibiciones, el título IV del Código Civil determina que no se permite el matrimonio entre familiares cercanos, ya que se considera inapropiado y perjudicial.
La ley busca salvaguardar la integridad familiar. En ese sentido, es importante tener en cuenta los efectos del matrimonio, que se establecen en el título V. De este vínculo no solo se derivan derechos, sino también deberes recíprocos entre los cónyuges, como el apoyo mutuo y las obligaciones frente al hogar.
La legislación promueve que esta unión sea equitativa y solidaria. Entre otros aspectos, también se contempla el régimen patrimonial, donde las partes pueden decidir si los bienes serán de propiedad común durante el matrimonio o si se mantendrá la individualización de los patrimonios dentro de la sociedad conyugal. En lo que respecta a la disolución del matrimonio, el título VII establece diversas causales, como el divorcio por mutuo acuerdo o por el incumplimiento de los deberes conyugales, entre otras.