La Corte Suprema de Justicia reiteró que el acoso laboral, especialmente el de índole sexual, constituye una justa causa para la terminación del contrato laboral. En un fallo reciente, la Sala Laboral subrayó la importancia de prevenir, investigar y sancionar cualquier conducta hostil o abusiva dentro del entorno de trabajo, en cumplimiento de la Ley 1010 de 2006. Según la decisión judicial, el ambiente laboral debe ser un espacio seguro para todos los empleados, y cualquier violación a este principio debe ser abordada con firmeza.
El caso en cuestión involucró a un empleado que intentó ampararse en el fuero de discapacidad previsto en el artículo 26 de la Ley 361 de 1997, con el objetivo de evitar las consecuencias legales de sus actos de acoso. La Corte, sin embargo, rechazó este argumento al considerar que se trataba de una conducta inaceptable y que su discapacidad no justificaba los actos de los que fue acusado. La investigación demostró que el despido fue procedente, dado que el comportamiento del empleado incluía agresiones verbales y propuestas sexuales indebidas, e incluso ofrecimientos de dinero a cambio de favores sexuales, lo cual alteró significativamente el ambiente laboral.
El tribunal enfatizó que aceptar estos comportamientos como algo menor o normal sería una violación a los estándares internacionales que promueven la eliminación de la violencia y el acoso en los lugares de trabajo. Según la Corte, minimizar el impacto de estos actos equivaldría a tolerar y normalizar la violencia en el ámbito laboral, lo cual es inaceptable y constituye una amenaza directa a la integridad y dignidad de los trabajadores. Proteger a las víctimas de acoso es una prioridad que no puede ser ignorada.
La Corte también destacó la responsabilidad compartida entre el Estado, los trabajadores y los trabajadores para erradicar cualquier forma de acoso laboral. Cada parte debe desempeñar un papel fundamental en la creación y el mantenimiento de un entorno de trabajo seguro, libre de hostilidad y violencia. Mientras el Estado proporcione el marco legal, los trabajadores deben actuar de manera preventiva y los trabajadores tienen la obligación de respetar las normas establecidas.
Este fallo refuerza la importancia de una acción rápida y efectiva en casos de acoso laboral, y subraya la obligación de las empresas de tomar medidas disciplinarias cuando se presentan situaciones de esta índole. Al exigir respeto y dignidad en el ámbito laboral, la Corte Suprema envía un mensaje claro a todos los sectores: los comportamientos violentos y abusivos no tienen cabida en el entorno laboral y serán enfrentados con todo el peso de la ley.