LAS INCAPACIDADES DEBEN CONTARSE ININTERRUMPIDAMENTE

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 29 noviembre, 2018
Actualizado 2018/11/29 at 4:58 PM

La incapacidad temporal ocasionada por los accidentes de trabajo, debe contarse desde el día del accidente hasta la fecha en que el trabajador se halle en condiciones de regresar a sus labores habituales o hasta aquel en que el accidente sea calificado y sea factible clarificar las consecuencias del mismo, por lo tanto, la incapacidad temporal, debe considerarse ininterrumpida, desde el primero hasta el último día, para efectos del reconocimiento de los subsidios conforme lo establece el artículo 204 del código sustantivo del trabajo, puesto que la incapacidad no se interrumpe por ejemplo en día domingo para reanudarse en día lunes.

 

 

María Camila Pulgarín Ramírez

Asesora legal

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