El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presentó un proyecto para modificar el Decreto 1074 de 2015, con el objetivo de fortalecer el control sobre las sociedades mercantiles y empresas unipersonales, reforzando su responsabilidad financiera. Las principales modificaciones propuestas son las siguientes:
- Por cuantía: Las sociedades mercantiles y empresas unipersonales cuyos activos superen las 1.826.317 unidades de valor básico (UVB) al 31 de diciembre del respectivo año fiscal estarán sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades a partir del primer día hábil de abril del año siguiente.
- Pensionados: Se ejercerá vigilancia especial cuando estas sociedades mantengan personal pensionado y presenten una situación financiera crítica, es decir, cuando:
- Sus pasivos externos superan sus activos.
- Sus gastos financieros representan más del 50 % de los ingresos operacionales.
- Las pérdidas reduzcan el patrimonio neto por debajo del 70 % del capital social.
- Presente flujo de efectivo negativo en actividades operativas.
- Cese de la vigilancia: Esto ocurrirá cuando los activos o ingresos se reduzcan por debajo del parámetro establecido. El procedimiento seguirá los mismos plazos que la vigilancia inicial, es decir, si la reducción se establece al 31 de diciembre del año fiscal, el cese de la vigilancia se dará el primer día hábil de abril del año siguiente. También cesará la vigilancia en caso de liquidación voluntaria, depuración del RUES o si la sociedad deja de ser operativa según las leyes que la regulan.
El propósito de estas modificaciones es prevenir insolvencias y crisis financieras en empresas bajo la supervisión de la Superintendencia de Sociedades, siempre que no se encuentren bajo la vigilancia de otra entidad reguladora.