Beneficios de la cláusula compromisoria en los contratos de las sociedades

Stefanni Olaya
Stefanni Olaya 17 diciembre, 2024
Actualizado 2024/12/17 at 11:32 AM

La cláusula compromisoria consiste en una disposición contractual mediante la cual las partes deciden, de mutuo acuerdo, someter cualquier controversia derivada de la relación contractual a un proceso arbitral en lugar de acudir a la jurisdicción ordinaria. Esta cláusula resulta especialmente importante para dirimir conflictos entre socios. Los principales beneficios de implementar esta cláusula en los contratos de las sociedades son los siguientes:

  1. Intervención de expertos: Se contará con expertos en el tema objeto del conflicto, como asuntos societarios, financieros o empresariales. Esto garantiza que las decisiones se tomen con base en un conocimiento técnico preciso y ajustado al contexto empresarial.
  2. Confidencialidad: A diferencia de la jurisdicción ordinaria, que en ocasiones debe manejar la información de los procesos de manera pública, los procedimientos arbitrales protegen la reputación de las partes y mantienen la información sensible fuera del dominio público.
  3. Ahorro de tiempo: Conforme a la normativa vigente sobre arbitraje, el tiempo de respuesta o de emisión del laudo arbitral es considerablemente menor que el de un trámite judicial ante la jurisdicción ordinaria.
  4. Flexibilidad del procedimiento: Las partes pueden establecer las condiciones del proceso arbitral y la selección de los árbitros, creando reglas específicas en la cláusula compromisoria del contrato.
  5. Fuerza vinculante del laudo arbitral: Los laudos arbitrales tienen carácter vinculante y tránsito a cosa juzgada, lo que garantiza su cumplimiento. Además, estos laudos pueden ser de carácter tanto nacional como internacional, en conformidad con el Convenio de Nueva York de 1958.

Teniendo en cuenta lo anterior, recuerden que, si implementan una cláusula compromisoria, podrán pactar condiciones específicas, como la entidad donde se llevará a cabo el proceso arbitral, el número de árbitros, entre otros aspectos. Sin embargo, es importante aclarar que la incorporación de esta cláusula en los contratos no es obligatoria.

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