Según el tercer informe migratorio sudamericano emitido por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para el año 2019 emigraron alrededor de 17 millones de personas suramericanas. Esto implica que miles de estos migrantes se encuentran actualmente trabajando en el extranjero, lo que genera que las cotizaciones por concepto de seguridad social se estén realizando en esos países. Ante esta situación, surge la pregunta: ¿Qué sucede con las semanas de cotización realizadas en el extranjero? ¿Deben ser tenidas en cuenta al momento de obtener una pensión?.
En este contexto, se encuentra que Colombia, por medio de la Ley 2103 de 2021, aprobada el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS), firmado en Santiago, República de Chile, el 10 de noviembre de 2007. Este convenio incluye a países como Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
Dentro del convenio se establece que los colombianos que realicen cotizaciones en los países mencionados podrán acumular estos períodos para acceder a pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, en línea con la normativa pensional vigente en cada país.
En definitiva, este acuerdo permite la aplicación de disposiciones más favorables para los trabajadores de las regiones involucradas y constituye una garantía del derecho universal a la igualdad. Sin embargo, es importante tener presente que el convenio no modifica la normativa interna de los Estados Parte. Por lo tanto, las pensiones continuarán causándose de conformidad con las leyes nacionales de cada Estado.