Incremento del arriendo para 2025 será del 5,20 %

Juan Andrés Navarrete
Juan Andrés Navarrete 21 enero, 2025
Actualizado 2025/01/21 at 11:47 AM

De acuerdo con la Ley 820 de 2003, que regula el régimen de arrendamiento de vivienda urbana, el artículo 20 establece que cada 12 meses puede incrementarse el canon de arrendamiento hasta un máximo del 100% de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior al reajuste.

Para 2025, el DANE informó que la variación anual del IPC de 2024 fue del 5,20%. Por lo tanto, este porcentaje será el límite máximo para ajustar los cánones de arrendamiento de vivienda urbana durante el próximo año.

Consideraciones importantes para el reajuste del arriendo

  1. Verificar el contrato de arrendamiento:
    • Es posible que el contrato establezca que el incremento no se aplique en enero, sino al cumplirse 12 meses desde el último ajuste.
  2. Cumplimiento de la norma:
    • En caso de que el arrendador no respete lo estipulado por la ley, el arrendatario puede acudir a los entes de control municipales para solicitar el ajuste correcto del canon.
    • El incumplimiento podría generar sanciones económicas para el arrendador.
  3. Notificación del incremento:
    • El aumento debe notificarse por escrito y enviarse a través de un medio autorizado por ambas partes.
    • La notificación debe incluir la fecha de inicio del incremento.

Es importante que tanto arrendadores como arrendatarios se mantengan informados y cumplan con las disposiciones legales para garantizar una relación contractual transparente y justa.

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