Despidos sin justa causa que requieren indemnización al trabajador

Daniela Navarrete
Daniela Navarrete 13 marzo, 2025
Actualizado 2025/03/13 at 4:38 PM

Al configurarse un despido sin justa causa, se debe pagar la indemnización al trabajador, por lo cual la ley establece los siguientes casos en los que se debe pagar:

  1. Despidos Colectivos, al ser una figura jurídica establecida en la Ley 50 de 1990, permite a las empresas terminar varios contratos de trabajadores, cuando enfrenten dificultades económicas, técnicas, operativas y demás que den lugar, en razón a esto las empresas deben solicitar autorización al Ministerio de Trabajo,  para realizar este proceso dentro de la compañía, la autorización que emite el Ministerio  de trabajo no es una causal objetiva para un despido con justa causa, por lo cual se debe pagar la indemnización a cada uno de los trabajadores que se despide de manera colectiva.
  2. Cuando las empresas cierras sus actividades, se concluye con el objetivo social de la misma, es decir en los casos de disolución de la sociedad, liquidación, extinción y entre otras figuras, se debe indemnizar al trabajador, puesto que el cierre de una empresa no es una causal para exonerarse del pago de la indemnización.
  3. La reestructuración empresarial se constituye en los procesos integrales de cambios y ajustes significativos realizados en las compañías, adaptándose a un nuevo modelo para su funcionamiento, por lo cual los trabajadores que sean despedidos por esta razón, se debe pagar la indemnización, pues que, por su naturaleza no se constituye una causal objetiva.
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