En importante tener de presente que en el momento que se realizan actividades de alto riesgo, en diversos sectores económicos, las tareas a realizar o los procesos que se van a llevar a cabo con relación al trabajo en estos espacios confinados, se presentan diferentes tipos de riesgos, ya que este tipo de actividades, pueden tener más incidencia una que otra, al verse inmenso dentro de un espacio reducido, ya sea con; poco oxígeno, expuesto a gases nocivos, o llegando a tener una restricción de movilidad compleja para realizar sus funciones, en un sitio como lo puede ser un tanque, pozos, fosos, caldera, cuartos, entre otros.
Al presentarse diversos tipos de actividades de alto riesgo, el trabajo en espacios confinados se encuentra regulado en la resolución 0491 de 2020, con el procedimiento adecuado, teniendo la claridad y los aspectos de seguridad para todos los trabajadores en espacios confinados, haciendo parte de la gestión de Seguridad y Salud en el trabajo, de esta manera para que se configure trabajo en espacios confinados, deberá cumplir los tres siguientes ítems;
- No está diseñado para la ocupación continua del trabajador.
- Tiene medios de entrada y salida restringidos, ya sea de forma o su dimensión, o en su defecto ser limitado.
- Es lo suficientemente grande y configurado como para que permita que el cuerpo de un trabajador pueda entrar.
De ser así, en ese momento que se presente dichas actividades se deberá contar con el inspector de SST, tener las herramientas e implementos de manera oportuna para realizar las funciones y que las mismas sean acordes para el desarrollo normal de la tarea encomendada, ya que bajo ninguna circunstancia se podrá poner en riesgo la vida del trabajador, es menester tener de presente que antes de realizar este tipo de funciones, se deberá realizar una inspección al lugar de trabajo, evaluando los posibles riesgos, para en dado caso tener un plan de emergencia.