¿QUÉ HACER CUANDO UN TERCERO, SOLICITA COPIA DE CONTRATO DE ALGUNO DE NUESTROS TRABAJADORES?

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 18 enero, 2019
Actualizado 2019/01/18 at 9:57 AM

En todos los casos en los cuales sea solicitada copia de contrato de trabajo de alguno de nuestros trabajadores por personal externo o terceros diferentes al titular de los documentos, esta solicitud debe ser negada, teniendo en cuenta que no podremos expedir dichas copias, ya que la información contenida en los contratos de los trabajadores tiene carácter de confidencial y puede ser información sensible, por lo tanto, por cumplimiento de protección de datos personales y de la Carta Política de Colombia, no pueden ser enviadas copias de los contratos de los trabajadores en ningún caso.

Así lo ha establecido la Honorable Corte Constitucional, mediante sentencia T-077 del 2018, mediante la cual ha precisado que la información y datos personales de un trabajador tienen el carácter de reservada y hacen parte de las informaciones que son protegidas por el artículo 15 de nuestra constitución política, garantizando así la intimidad y privacidad del trabajador, para que estas no se vean vulneradas al trascender su información privada libremente y hacia el público en general, so pena incluso de una eventual responsabilidad penal.

Dr. Manuel Gutierrez

Asesor Legal

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