AUXILIO DE TRANSPORTE

María Camila Pulgarín
María Camila Pulgarín 11 febrero, 2019
Actualizado 2019/02/11 at 11:06 AM

El auxilio de transporte se encuentra establecido en la ley 15 de 1959 y reglamentada en la ley 1258 de 1959, el cual tiene por finalidad, aliviar la carga económica de los gastos que se generan por el desplazamiento  del trabajador de su domicilio a su sitio o lugar de trabajo.Debido a esto es importante indicar que, en materia empresarial y laboral, debemos tener presente que el para el pago a para-fiscales y aportes al sistema de seguridad social estos no se deberán incluir o tomar como base para el cálculo de los mismos.

Es necesario tener presente, que para el pago de prestaciones sociales, como cesantías, intereses a las cesantías, y primas se deberá incluir como base de liquidación, es decir exceptuando las vacaciones.

Toda vez que tratándose de las vacaciones , debemos tomar como base de liquidación solamente lo correspondiente al salario básico y si es el caso que el trabajador tenga salario variable este deberá ser incluido, para efectos de liquidación, teniendo en cuenta que si se esta en vacaciones el trabajador no tiene que incurrir en gastos de desplazamiento por o que se desvirtua el objeto de este auxilio, liberando así a los empleadores de este concepto.

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