El alcalde de Bogotá en uso de sus facultades como autoridad de transito de acuerdo a lo señalado en el artículo 3 de la Ley 769 de 2002, modificado por la Ley 1383 de 2010 el día de ayer 19 de febrero del 2019 procedió en modificar el Decreto 057 del 2019 mediante el cual se había reglamentado la circulación de vehículos automotores y motocicletas, motivo por el cual a partir del 20 de febrero de los corrientes, la restricción aplicara de forma normal para los vehículos automotores en los horarios comprendidos entre las 6:00 am a 8:30 am y de 3:00 pm a 7:30 pm acorde a el ultimo digito de su placa vehicular.
Luis E. Naranjo Corredor
Asesor Jurídico